Descripción
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas para incentivar prácticas de cebo y sacrificio asociado a la calidad de los terneros machos de las razas locales amenazadas de las explotaciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria, tudanca, monchina y pasiega, inscritos en el Registro General de Identificación Individual de Animales (RIIA) como pertenecientes a dichas razas.
Cuantía
1. La concesión de estas subvenciones se fi nanciará con cargo a los créditos consignados en la aplicación presupuestaria 05.04.412B.475 (cebo vacuno autóctono) hasta un máximo de 159.500 euros, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2020.
2. Las ayudas se concederán por animal elegible y año. Serán animales elegibles los bovinos machos sacrifi cados con una edad mínima de 7 meses y 110 kg/canal de las razas señaladas. La edad máxima de sacrifi cio, a efectos de elegibilidad, será de 16 meses.
3. Los criterios de cuantifi cación de esta ayuda serán los siguientes:
— 300 euros por cada ternero elegible hasta los cinco primeros sacrifi cados.
— 250 euros por cada ternero elegible desde el sexto hasta el décimo quinto.
— 200 euros por cada ternero elegible desde el décimo sexto hasta el vigésimo.
4. La ayuda máxima por explotación no sobrepasará, en ningún caso, la cantidad de 5.000 euros por año.
Beneficiarios
1. Se podrán beneficiar de estas ayudas los titulares de explotación que mantengan alguna de las siguientes razas bovinas: Tudanca, monchina y pasiega. Esta ayuda tendrá la consideración de ayuda de mínimis y cumplirá con lo establecido en el Reglamento (UE) 1408/2013, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis en el sector agrícola.
2. Podrá ser benefi ciario de las ayudas reguladas por la presente Orden, cualquier persona física o jurídica, incluyendo Sociedades Cooperativas y Sociedades Agrarias de Transformación (SAT), que sean titulares de una explotación ganadera de vacuno, sita en Cantabria y que se encuentre al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias con las haciendas Estatal, Autonómica y frente a la Seguridad Social.
Solicitudes
La solicitud se podrá presentar en el Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (C/ Albert Einstein, nº 2, PCTCAN, C.P. 39011 Santander), en las Ofi cinas Comarcales de esta Consejería o en cualquier otro registro o lugar de los previstos en el artículo 134.8 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional, de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Plazo
Las solicitudes de ayuda irán dirigidas al Consejero de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, suscritas por el solicitante o en su caso, por su representante legal, conforme al modelo normalizado que figura como anexo I de la convocatoria y podrán presentarse desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria hasta el 30 de septiembre de 2020 incluido. De modo análogo al cómputo del período elegible para las primas ganaderas de cebo de la solicitud única, podrán incluirse en la solicitud de ayuda todos los animales que cumplan las condiciones de elegibilidad y hayan sido sacrificados desde el 1 de octubre del año anterior al de solicitud.
Datos Organismo Otorgante
Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural
Teléfono: 942 207 850
Sitio Web: http://www.cantabria.es/web/consejeria-de-desarrollo-rural-ganaderia-pesca-y-biodiversidad
Enlaces: Acceso información pública oficial
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