Descripción
Convocar, en régimen de concesión directa, subvenciones a la modernización, innovación y digitalización en el sector del patrimonio cultural, para adaptarse a la situación creada por el COVID -19.
Cuantía
La cuantía individualizada por beneficiario de cada subvención se determinará detrayendo del importe total de los justificantes de gasto presentados los gastos no subvencionables, y no podrá superar los siguientes límites:
– Concepto subvencionable A.1. Hasta un máximo de 10.000 €.
– Concepto subvencionable A.2. Hasta un máximo de 10.000 €.
– Concepto Subvencionable B.1. Hasta un 50% de la matrícula, con un máximo de
2.000 € para formación con carácter de Master, y 1.000 € para el resto, con límite
un participante por entidad solicitante.
– Concepto Subvencionable B.2. Hasta un 50% de la matrícula, con un máximo de
1.000 € para formación con carácter de Master, y 500 € para el resto, con límite
de dos participantes por entidad solicitante.
– Concepto Subvencionable C.1. Hasta un máximo de 8.000 €.
– Concepto Subvencionable C.2. Hasta un máximo de 2.500 €.
– Concepto Subvencionable D.1. Hasta un máximo de 40.000 €.
– Concepto Subvencionable D.2. Hasta un máximo de 20.000 €.
– Concepto Subvencionable D.3. Hasta un máximo de 20.000 €.
– Concepto Subvencionable D.4. Hasta un máximo de 20.000 €.
Beneficiarios
Podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones a la modernización, innovación y digitalización en el sector del patrimonio cultural para adaptarse a la situación creada por el COVID-19 las empresas del sector del patrimonio cultural establecidas en la Comunidad de Castilla y León, ya sean personas físicas o jurídicas, y las asociaciones y fundaciones de carácter privado establecidas en la Comunidad de Castilla y León, dedicadas a la investigación, estudio, gestión, restauración o difusión del patrimonio cultural.
El número de trabajadores por cuenta ajena de las empresas del sector del patrimonio cultural no podrá ser superior a doscientos cincuenta y su volumen de negocio anual no exceder de 50 millones de euros o balance general anual no exceder de 43 millones de euros, siempre que su actividad se viniese realizando con anterioridad al 15 de marzo de 2020 y se hayan visto afectadas por las medidas adoptadas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Las asociaciones y fundaciones, han de estar legalmente constituidas, tener domicilio fiscal y social en Castilla y León, y su actividad registrada estar directamente vinculada a la investigación, estudio, gestión, restauración o difusión del patrimonio cultural con anterioridad al 15 de marzo de 2020, y se hayan visto afectadas por las medidas adoptadas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Solicitudes
Ver bases reguladoras.
Plazo
El plazo para la presentación de las solicitudes comenzará el día 1 de octubre de 2020 y finalizará el 30 de octubre de 2020, ambos incluidos.
Datos Organismo Otorgante
Consejería de Cultura y Turismo
Teléfono: 983 411 800
Sitio Web: http://www.jcyl.es/web/jcyl/Gobierno/es/Plantilla66y33/1284181085440/_/_/_
Enlaces: Acceso información pública oficial
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