Descripción
Extender la cobertura de las redes públicas de comunicaciones electrónicas capaces de proporcionar servicios de banda ancha de muy alta velocidad (más de 300 Mbps simétricos, escalables a 1 Gbps), a las zonas sin cobertura adecuada ni previsiones para su dotación en los próximos tres años.
Cuantía
La cuantía total disponible para esta convocatoria es de 149,5 millones de euros (24,5 millones en la modalidad de subvenciones y 125 millones en la de anticipos FEDER). Esta cuantía está distribuida por cada una de las 45 provincias incluidas en la convocatoria.
La intensidad máxima de las ayudas varía entre el 50% y el 80%, dependiendo de la Comunidad Autónoma.
La ayuda se concede mediante un procedimiento de concurrencia competitiva a la solitud mejor valorada en cada provincia.
El criterio de valoración de mayor peso es el de eficiencia económica entendida como el máximo de extensión de cobertura con las dotaciones disponibles.
Beneficiarios
Personas jurídicas pertenecientes al sector privado, que ostenten la condición de operador debidamente habilitado, conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.
Solicitudes
A la publicación de las zonas elegibles se puede acceder desde la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (https://sede.serviciosmin.gob.es/) o directamente desde el portal de ayudas (https://www.mincotur.gob.es/portalayudas/banda-ancha/Paginas/Index.aspx).
La solicitud y demás comunicaciones se realizarán únicamente mediante tramitación electrónica.
Entre las obligaciones de los beneficiarios se encuentra la de proporcionar acceso mayorista efectivo a las infraestructuras subvencionadas.
La duración de los proyectos podrá extenderse hasta el 31/12/2022, si fuera necesario.
El pago de la subvención se realiza en todos los casos con carácter anticipado tras dictarse la resolución de concesión.
Como garantías, se exige depositar avales por el 50% de la ayuda concedida.
Para la acreditación de la realización se exige cuenta justificativa con aportación de los justificantes de gasto y de pago, junto con informe de auditor.
Plazo
El plazo para la presentación de las solicitudes se inicia el día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado y finaliza a las veinticuatro horas del vigésimo día hábil siguiente al de dicha publicación.
Datos Organismo Otorgante
Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Paseo de la Castellana, 160
Teléfono: 913494000
Sitio Web: http://www.minetad.gob.es/es-ES/Paginas/index.aspx
Enlaces: Acceso información pública oficial
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