Descripción
Ayudas excepcionales a las artes escénicas en el ámbito del teatro y el circo en régimen de concurrencia competitiva, en el marco de las competencias de este organismo y como consecuencia del impacto negativo de la crisis sanitaria del COVID-19, tal y como se recoge en el Real Decreto Ley 17/2020, de 5 de mayo. La presente convocatoria también tiene por objeto las ayudas correspondientes a proyectos culturales cuya ejecución finalizó completamente antes de la entrada en vigor del estado de alarma (Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo) que se regirán por la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre.
Las ayudas se concederán de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación y mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.
Cuantía
El importe total máximo imputable de la convocatoria será de 21.383.648 euros.
La cuantía máxima individual de las ayudas no podrá superar el 90 por ciento del coste total del proyecto, actividad o estructura. En el caso de que el peticionario fuera una entidad local, esta cuantía máxima no podrá superar el 65 por ciento del coste total. La cuantía máxima individual de las ayudas no podrá superar las siguientes cantidades:
Modalidades/Cuantía máxima individual (€)
A1/300.000
A2/200.000
A3/250.000
A4/100.000
B1/150.000
B2/150.000
B3/250.000
Beneficiarios
Personas físicas, siempre que estén en alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, así como las personas jurídicas, públicas o privadas, que se dediquen a las artes escénicas y de la música, que cumplan los requisitos establecidos en esta resolución para cada modalidad de ayuda. Los solicitantes deberán tener establecimiento permanente en cualquiera de los Estados de la Unión Europea y demás Estados del Espacio Económico Europeo, con plena igualdad de trato. Quedan excluidos aquellos solicitantes que tengan su residencia fiscal en países y territorios considerados paraísos fiscales en el Real Decreto 1080/1991, de 5 de julio.
Asimismo, podrán solicitar ayuda las personas, entidades y agrupaciones indicadas en el artículo 2.2 de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre.
Solicitudes
Ver bases reguladoras.
Plazo
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Datos Organismo Otorgante
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Los Madrazo, 15
Teléfono: 913277681
Sitio Web: http://www.educacion.gob.es/portada.html
Enlaces: Acceso información pública oficial
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