Descripción
En los términos establecidos en la Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad de 9 de julio de 2020 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de 23 de julio de 2020), por las que se aprobaron las bases reguladoras de la concesión de ayudas por la Fundación de la Energía, en régimen de concesión directa para el desarrollo del Plan Renove de Salas de Calderas de la Comunidad de Madrid.
Cuantía
La dotación presupuestaria para esta convocatoria será de 900.000 euros.
Beneficiarios
Podrán acogerse a las ayudas previstas en esta convocatoria y sus correspondientes bases reguladoras relativas al Plan Renove de Salas y obtener la condición de beneficiarios de las mismas:
a) Las comunidades de propietarios de dos o más viviendas.
b) Las personas físicas o jurídicas, titulares o arrendatarios, de:
— Fincas de propiedad particular de dos o más viviendas;
— Edificios de viviendas pertenecientes a comunidades de bienes con potencia térmica nominal mayor a 70 kW;
— Empresas con potencia térmica nominal mayor a 70 kW;
— Edificios pertenecientes al sector terciario, con potencia térmica nominal mayor a 70 kW,
Quienes, siendo los titulares o arrendatarios del inmueble en el que esté ubicada la instalación, sean, además (y en último término) quienes realicen la inversión necesaria para la ejecución de la instalación, con independencia de que la misma sea objeto de cualquier tipo de financiación expresa o tácita. Se entenderá que existe financiación de la instalación cuando la inversión sea inicialmente ejecutada por una entidad distinta al titular o arrendatario del inmueble en el que se ubique la instalación, pero la misma sea recuperada por aquella en un determinado período de tiempo mediante el cobro a este de las cantidades correspondientes al capital invertido.
En el caso de edificios de uso distinto al residencial, cuya titularidad pertenezca a la Administración Pública, solo podrán beneficiarse de los incentivos si la inversión es acometida por la propia Administración, sin la participación de una empresa de servicios energéticos.
No podrán tener la condición de beneficiarios las entidades en quienes concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Solicitudes
Las solicitudes se tramitarán por orden cronológico de entrada (día y hora) hasta agotar el crédito disponible.
Las solicitudes de ayuda se canalizarán necesariamente a través de las empresas instaladoras adheridas según los requisitos y procedimientos que se detallan en las Bases Reguladoras (Orden de 9 de julio de 2020, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid para el desarrollo del Plan Renove de Salas de Calderas de la Comunidad de Madrid, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de julio de 2020).
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 7 de septiembre de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2021, o en su caso hasta que finalice el período de prórroga del Plan Renove de Ascensores de la Comunidad de Madrid, siempre que exista crédito disponible.
Datos Organismo Otorgante
Consejería de Economía y Hacienda
Teléfono: 91 580 22 58
Enlaces: Acceso información pública oficial
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