Descripción
Se convocan para el año 2020, en régimen de concurrencia competitiva, dos líneas de subvenciones para la financiación de acciones de formación dirigidas a personas trabajadoras, ocupadas y prioritariamente desempleadas:
a) Una línea general con el objeto de subvencionar acciones de formación, impartidas en las modalidades presencial, teleformación o mixta.
b) Una línea específica de formación para el empleo para personas con necesidades formativas especiales. Las acciones formativas se impartirán en la modalidad presencial.
Cuantía
Para la financiación de esta convocatoria se destinarán créditos presupuestarios que se imputarán al programa 241A-Formación para el empleo, subconcepto 49103, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2020, y en los correspondientes para el año 2021.
La cuantía máxima para cada línea de subvención queda estimada en:
a) Para la línea general de desempleados se destinan 65.700.000 euros, de los cuales 11.700.000 euros corresponden al presupuesto del año 2020 y 54.000.000 de euros al presupuesto del año 2021.
b) Para la línea de personas con necesidades formativas especiales se destinan 1.200.000 euros, de los cuales 200.000 euros corresponden al presupuesto del año 2020 y 1.000.000 de euros al presupuesto del año 2021.
En el supuesto de que no se agoten los fondos disponibles para las solicitudes de una de las líneas, el excedente podrá ser destinado a incrementar los fondos disponibles para las solicitudes de la otra línea.
El importe de la subvención a conceder para cada acción formativa se determinará mediante el producto del número de horas de formación, por quince alumnos a subvencionar y por el importe del módulo económico fijado para cada especialidad.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias las entidades de formación públicas o privadas, titulares de centros acreditados o inscritos por la Administración Pública competente, para impartir en la Comunidad de Madrid las acciones formativas solicitadas. Salvo aquellas que reúnan las condiciones para presentarse a la convocatoria específica de subvenciones para la financiación de acciones de formación, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, a realizar por Entidades Locales.
Las entidades de formación solicitantes de subvención deberán cumplir con los requisitos para ser beneficiario de subvenciones públicas, establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Solicitudes
Ver bases reguladoras.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Datos Organismo Otorgante
Consejería de Empleo, Turismo y Cultura
Teléfono: 91720874 / 917208244
Enlaces: Acceso información pública oficial
Te puede interesar
- Subvenciones del Programa de Formación Profesional Específica impartida por empresas del sector de automoción para el año 2020-2021
- Ayudas y de becas a las personas trabajadoras desocupadas establecidas en materia de formación profesional para el empleo promovidas por el Servicio Público de Empleo de Cataluña (SOC-BECAS)
- Subvenciones con destino a la ejecución de acciones de formación para el empleo con compromiso de contratación dirigidas a los trabajadores/as desempleados/as, financiadas con cargo a la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales
- Subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas desempleadas y la formación con compromiso de contratación con cargo al ejercicio presupuestario 2021