Descripción
Convocar ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes, en la Comunidad Autónoma de Aragón, en torno a las siguientes actuaciones:
Actuación 1: Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
Actuación 2: Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.
Actuación 3: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
Las actuaciones se llevarán a cabo exclusivamente en edificios completos existentes en la Comunidad Autónoma de Aragón (opción A del Real Decreto 737/2020, de 4 de agosto), construidos con anterioridad a 2007, tal y como se establece en las bases reguladoras.
Los usos de los edificios sobre los que se pueden realizar las actuaciones serán:
Edificios de vivienda unifamiliar.
Edifcios de tipología residencial colectiva de vivienda.
Edifcios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.) de los regulados por el artículo 2.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edifcación (Ley Orgánica de Educación).
Cuantía
La cuantía global máxima para la convocatoria es de 8.940.000 euros.
Beneficiarios
Siempre que tengan su residencia fiscal en España y la actuación objeto de la ayuda se lleve a cabo en edificios existentes ubicados en la Comunidad Autónoma de Aragón, podrán solicitar las ayudas previstas en esta Orden, y serán los destinatarios últimos de las ayudas, para cada tipo de actuación, todos los establecidos en el artículo 11 de las bases reguladoras.
Solicitudes
Como norma general, la presentación de la solicitud se hará de forma electrónica mediante la herramienta corporativa de administración electrónica “Tramitador on line” del Gobierno de Aragón, utilizando el procedimiento, https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ayudaspree-rehabilitacion-energetica-edifcios.
Este Programa está fnanciado con origen en el Fondo Nacional de Efciencia Energética, creado por la Ley 18/2014, del 15 de octubre, cuya gestión se ha encomendado al IDAE de conformidad con lo previsto en el artículo 73.2 de esta misma norma.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas comenzará el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el “Boletín Ofcial de Aragón” y durará hasta la conclusión de su vigencia, lo cual sucederá el 31 de julio de 2021.
Datos Organismo Otorgante
Departamento de Industria e Innovación
Teléfono: 976 714 000
Sitio Web: http://w.aragon.es/DepartamentosOrganismosPublicos/Departamentos/IndustriaInnovacion
Enlaces: Acceso información pública oficial
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