Descripción
La resolución tiene por objeto efectuar la convocatoria, correspondiente al ejercicio 2020, de las ayudas destinadas a la implantación de soluciones de teletrabajo y emprendimiento digital, en empresas de Extremadura.
La finalidad principal de estas ayudas es contribuir al mantenimiento de la actividad empresarial y del empleo, y minimizar en lo posible el impacto social y económico de la crisis ocasionada por la COVID-19.
Cuantía
El importe de la convocatoria asciende a 3.500.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 14011.332A.77000 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2020, código de gasto 20200293 con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), en un 80 %, con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de Extremadura, correspondiente al periodo de programación 2014-2020, dentro del Objetivo Temático “2. Mejorar el uso y calidad de las TIC y el acceso a las mismas”, Prioridad de Inversión: “2.2 “Desarrollo de productos y servicios TIC, comercio electrónico y una mayor demanda de TIC”, Objetivo específico 2.2.1 “Desarrollar la economía digital incluyendo el comercio electrónico, para el crecimiento, la competitividad y la internacionalización de la empresa española”.
El crédito asignado para cada anualidad y modalidad de ayuda será el siguiente:
— Anualidad 2020: 250.000 euros.
a) Ayudas a la implantación de soluciones de teletrabajo: 125.000 euros.
b) Ayudas al emprendimiento digital: 125.000 euros.
— Anualidad 2021: 2.050.000 euros.
a) Ayudas a la implantación de soluciones de teletrabajo: 850.000 euros.
b) Ayudas al emprendimiento digital: 1.200.000 euros.
— Anualidad 2022: 1.200.000 euros.
a) Ayudas a la implantación de soluciones de teletrabajo: 525.000 euros.
b) Ayudas al emprendimiento digital: 675.000 euros.
El importe de la subvención consistirá en un porcentaje de hasta el 80 % de la inversión subvencionable, con un máximo de 6.000 euros por beneficiario, independientemente del número de servicios que se soliciten.
Beneficiarios
Tendrán la condición de beneficiario los autónomos o asimilados y PYMES extremeñas que en el momento de presentar la solicitud se encuentren constituidas debidamente y empleen a un máximo de 50 trabajadores.
Solicitudes
Ver bases reguladoras.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes será de 6 meses a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria, así como del presente extracto, en el Diario Oficial de Extremadura.
Datos Organismo Otorgante
Consejería de Economía, Competitividad e Innovación
Paseo de Roma, S/N M
Teléfono: 924005415
Sitio Web: http://www.gobex.es/cons003/
Enlaces: Acceso información pública oficial
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