Descripción
Convocar las ayudas para la destilación de subproductos de la vinificación y otras formas de transformación de la uva correspondientes a la campaña 2020-2021, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas en la Orden ARP/15/2019, de 7 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas a la destilación de subproductos de la vinificación y otras formas de transformación de la uva (DOGC núm. 7808, de 12.2.2019).
Cuantía
De acuerdo con el Plan financiero presentado por el Estado español, para esta medida habrá un importe máximo previsto de 31.800.000 euros para el año 2021. Se ha previsto que la convocatoria va a cargo de la partida presupuestaria D/470000100/6130/0000 FFEAGA de los presupuestos del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de 2021 con un importe de 1.650.000 euros. En el caso que la Administración general del Estado apruebe distribuir una cantidad superior, dicha cantidad se podrá distribuir entre las personas beneficiarias en el marco de la presente convocatoria.
La aplicación de la cuantía adicional queda condicionada a la disponibilidad efectiva del crédito en el momento
anterior a la resolución de concesión.
En el supuesto que las solicitudes presentadas superen este importe, se reducirá proporcionalmente el importe
unitario de la ayuda para ajustar el importe de las solicitudes al importe máximo previsto.
Estas ayudas se financian íntegramente con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y se llevarán a cabo de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (UE) 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la Política Agraria Común.
Beneficiarios
Ver bases reguladoras.
Solicitudes
Las ayudas concedidas a las personas físicas por importe superior a 1.250,00 euros y las ayudas concedidas a personas jurídicas se harán públicas en la sede electrónica de la Generalidad de Cataluña http://seu.gencat.cat y en la web http://agricultura.gencat.cat/beneficiarisajuts, haciendo uso de los medios electrónicos establecidos.
Plazo
Las solicitudes de ayuda se pueden presentar hasta el 20 de julio de 2021. Las solicitudes presentadas fuera de plazo no se admitirán a trámite.
Datos Organismo Otorgante
Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca, Alimentació i Medi Natural
Gran Via de les Corts Catalanes, 612-614
Teléfono: 93 304 67 00
Sitio Web: http://www20.gencat.cat/portal/site/DAR
Enlaces: Acceso información pública oficial
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