Descripción
Las ayudas reguladas en la presente orden, tienen por objeto paliar el impacto económico y compensar la pérdida de poder adquisitivo de las personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo, de suspensión de contrato de trabajo o reducción de la jornada, incluidos los fijos discontinuos, por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas, en el ámbito de Castilla y León.
Cuantía
1.– La ayuda económica se devengará por jornada completa de suspensión. En el caso de que el expediente de regulación temporal de empleo establezca la reducción de la jornada laboral o cuando la reducción de jornada sea irregular a lo largo del período subvencionable, a los efectos de calcular la jornada completa de suspensión se traducirá el total de horas de reducción a jornadas completas, no teniéndose en consideración la fracción de jornada resultante en su caso.
2.– Su cuantía se fijará en 7 euros por jornada completa de suspensión de contratos.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios las personas trabajadoras que cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar afectada por uno o varios expedientes de regulación de empleo de suspensión de contrato de trabajo o de reducción de la jornada, derivado de causas económicas, técnicas, organizativas o productivas, de la misma empresa o varias, y siempre que la afectación tenga lugar durante el período subvencionable que recoja la convocatoria.
También podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras con contrato
indefinido fijo discontinuo, cuyos contratos hayan sido interrumpidos o que se
encuentren en período de inactividad productiva, a la espera de la llegada de la
fecha en la que procederá su llamamiento y reincorporación efectiva, aplazada
como consecuencia de un expediente de regulación de empleo de suspensión de
contrato de trabajo o de reducción de la jornada, derivado de causas económicas, técnicas, organizativas o productivas en los mismos términos que se recoge en
el párrafo anterior.
b) Que el expediente de regulación de empleo de suspensión de contrato de
trabajo o de reducción de la jornada, derivado de causas económicas, técnicas,
organizativas o productivas afecte a un centro de trabajo ubicado en Castilla y
León donde preste o haya prestado sus servicios la persona trabajadora.
c) Que el centro de trabajo no supere los 250 trabajadores.
d) Que la base de cotización de contingencias comunes, incluida la parte proporcional
de pagas extraordinarias, no supere los 53,33 euros día o 1.600 euros mes por
contrato a tiempo completo, o la cantidad proporcional en los supuestos de
personas trabajadoras vinculadas a la empresa por contrato de trabajo a tiempo
parcial, con contrato de trabajo a tiempo completo con reducción de jornada y
en los casos en el que la persona trabajadora haya cotizado por un período de
cotización inferior a un mes natural completo.
Para dicho cálculo se tomará en consideración la media de las bases de cotización
de contingencias comunes de los últimos 4 meses naturales completos anteriores
al inicio del expediente de regulación de empleo de suspensión o reducción de
jornada derivado de causas económicas, técnicas, organizativas o productivas
en la empresa afectada por dicho expediente y por el que se solicita la ayuda, o
la cantidad proporcional en los supuestos de personas trabajadoras vinculadas
a la empresa por contrato de trabajo a tiempo parcial o con contrato de trabajo a
tiempo completo con reducción de jornada.
Cuando la cotización en la empresa sea inferior a los 4 meses naturales completos
se tomarán la media de los meses naturales completos por los que efectivamente
se haya cotizado. Si no pudiese computarse al menos un mes natural completo se
estará a la parte proporcional por los días efectivamente cotizados, considerando
el mes a 30 días.
En el caso de estar afectados por varios expedientes de regulación de empleo
de suspensión o reducción de jornada derivado de causas económicas, técnicas,
organizativas o productivas, de una misma empresa, los meses o días a los que
se hace referencia en los apartados anteriores, serán en relación al inicio del
primer expediente de regulación de empleo por el que haya estado afectado en
el período subvencionable.
Cuando la solicitud se presente por expedientes de regulación temporal de varias
empresas, los cálculos de cada empresa se realizarán conforme a los párrafos
anteriores, excluyéndose los que no reúnan individualmente los requisitos, los
cuales no computarán para esta ayuda. El resultado será la media de todos los
que cumplan los requisitos exigidos.
e) Que la persona trabajadora haya tenido suspendido o reducido su contrato como
consecuencia de uno o varios expedientes de regulación de empleo, por causas
económicas, técnicas, organizativas o productivas, al menos 45 días dentro del
período subvencionable que recoja la convocatoria.
Solicitudes
El procedimiento de concesión se iniciará mediante convocatoria aprobada por Orden del titular de la Consejería de Empleo e Industria. Dicha convocatoria deberá publicarse en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS), y un extracto de la misma en el Boletín Oficial de Castilla y León, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El texto completo de la Orden de convocatoria será publicado asimismo en el Portal Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Castilla y León, con dirección www.trabajoyprevencion.jcyl.es, así como en la sede electrónica de la Junta de Castilla y León https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes será aquel que establezca la orden de convocatoria.
Datos Organismo Otorgante
Consejería de Economía y Empleo
Teléfono: 983 414 100
Sitio Web: http://www.jcyl.es/web/jcyl/Gobierno/es/Plantilla66y33_100/1246991581285/_/_/_
Enlaces: Acceso información pública oficial
Te puede interesar
- Subvenciones destinadas a la prórroga de la contratación de Agentes de Empleo y Desarrollo Local del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura
- Subvenciones públicas destinadas a la integración sociolaboral de trabajadores y trabajadoras en situación o en riesgo de exclusión social en empresas de inserción, mediante la financiación de ayudas a las promotoras de las empresas de inserción, y en emp
- Subvenciones con cargo al programa de incentivos a la contratación laboral de personas desempleadas de larga duración "Retorno al Empleo", correspondiente al ejercicio 2020-2021
- Ayudas extraordinarias para las personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación temporal de empleo derivados del COVID-19
- Subvenciones destinadas a programas para la atención, acogida e inserción social y laboral de menores extranjeros no acompañados en régimen de concurrencia no competitiva
- Subvenciones para la inserción de personas jóvenes en el mercado laboral en sectores de actividad comprendidos dentro de la Estrategia de Crecimiento Sostenible Anual 2021 y en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020
- Subvenciones del programa EMPLEA
- Ayudas dirigidas a proyectos empresariales generadores de empleo, que promuevan el desarrollo alternativo de las zonas mineras, para el periodo 2020-2023
- Ayudas dirigidas a pequeños proyectos de inversión que generen o mantengan el empleo, promoviendo el desarrollo alternativo de las zonas mineras, para el periodo 2020-2023
- Subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación para el personal de las entidades locales en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (Afedap) para el ejercicio 2021