Descripción
Las ayudas tienen como finalidad fomentar el conocimiento de las características y cualidades de los vinos, con el fin de contribuir a la mejora de su posición competitiva y a la consolidación o, en su caso, a la apertura de nuevos mercados, en terceros países. Se consideran elegibles para realizar medidas de promoción todos los países no pertenecientes a la Unión Europea, siendo prioritarios los contemplados en el Anexo V de la presente orden.
Cuantía
Estas ayudas serán financiadas con cargo a la Aplicación Presupuestaria 3101 G/412B01/47036/0 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León del ejercicio correspondiente.
Estas ayudas se financiarán de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.º 1306/2013, del Parlamento Europeo y el Consejo, de 17 de diciembre de 2013 que determina cómo se gestionan los gastos FEAGA.
Beneficiarios
Podrán resultar beneficiarios de estas ayudas los siguientes sujetos que cumplan los requisitos específicos establecidos en las bases reguladoras: Empresas vinícolas.
Organizaciones de productores vitivinícolas y asociaciones de organizaciones de
productores vitivinícolas, definidas de acuerdo a los artículos 152 y 156 del Reglamento
(UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre.
Organizaciones interprofesionales definidas y reconocidas a nivel nacional de
acuerdo a los artículos 157 y 158 del Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 17 de diciembre, y reconocidas por España según lo dispuesto en
la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, Reguladora de las Organizaciones Interprofesionales
Agroalimentarias.
Organizaciones profesionales: Se entenderá como organizaciones profesionales
aquellas que ejerzan su actividad mayoritariamente en el sector del vino, y que estén
reconocidas en el ámbito nacional de acuerdo con la normativa vigente, y que tengan entre
sus fines estatuarios la realización de actividades de promoción.
Órganos de gestión y de representación de las indicaciones geográficas protegidas
y denominaciones de origen protegidas vínicas, así como sus asociaciones.
Las asociaciones temporales o permanentes de dos o más productores que tengan
entre sus fines el desarrollo de iniciativas en materia de promoción y comercialización
del vino.
Cooperativas que comercializan vinos elaborados por ellas o por sus asociados.
Las entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas exclusivamente por
empresas del sector vitivinícola que tengan entre sus fines la promoción exterior de
los vinos.
Los Organismos Públicos con competencia legalmente establecida para desarrollar
actuaciones de promoción de productos y mercados en terceros países.
Solicitudes
Las bases reguladoras de estas subvenciones se recogen en el Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español, (modificado por el Real Decreto 608/2019, de 25 de octubre), permite la aplicación del tercer programa de apoyo con el citado ámbito temporal y establece las bases reguladoras de las subvenciones correspondientes.
Plazo
Los interesados podrán presentar su solicitud desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León hasta las 14:00 horas del día 14 de enero de 2021.
Datos Organismo Otorgante
Consejería de Agricultura y Ganadería
Rigoberto Cortejoso, 14
Teléfono: 983 419 500
Sitio Web: http://www.jcyl.es/web/jcyl/Gobierno/es/Plantilla66y33/1284181082428/_/_/_
Enlaces: Acceso información pública oficial
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