Descripción
1. La actividad subvencionada mediante la acción I.6 es la elaboración y embotellado de vino bajo cualquier sistema regulador del vino con DOP de Canarias, en el año 2020.
2. La actividad subvencionada mediante la acción I.7 es la comercialización en mercados exteriores al archipiélago de vino amparado por una DOP de Canarias, en el año 2020.
Cuantía
La cuantía de las subvenciones a conceder, con cargo a la presente convocatoria, será:
- Acción I.6: 0,24 euros por litro de vino amparado durante 2020, por cualquiera de las DOP de Canarias, embotellado y contraetiquetado.
- Acción I.7: 0,70 euros por litro de vino amparado por cualquiera de las DOP de Canarias, comercializado en mercados exteriores al archipiélago en el año 2020.
Beneficiarios
Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente convocatoria las personas físicas o jurídicas, así como cualquier tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, pueda llevar a cabo la actividad y que:
a) Estén inscritas en los registros de bodegas de la DOP correspondiente.
b) Realicen cualquiera de las actividades subvencionadas.
c) No estén incursas en las prohibiciones que para obtener la condición de beneficiario se señalan en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Solicitudes
1. Las solicitudes se presentarán en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).
2. La presentación de las solicitudes podrá realizarse asimismo de forma telemática, a través de la sede electrónica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, en la siguiente dirección: https://sede.gobcan.es/cagpa/. No obstante, la presentación de las solicitudes en forma telemática será obligatoria para las personas contempladas en el artículo 14.2 de la LPACAP.
3. La presentación de la solicitud implicará la autorización del solicitante al ICCA, para consultar los datos necesarios a los efectos de acreditar la identidad del solicitante, para recabar los certificados a emitir por los órganos competentes, así como para obtener los datos necesarios para el reconocimiento, seguimiento y control de las subvenciones reguladas en estas bases.
Plazo
Las solicitudes para acogerse a la presente convocatoria se presentarán del 1 al 31 de enero de 2021, ambos inclusive, ajustadas a los modelos normalizados que figuran en la sede electrónica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca (https://sede.gobcan.es/cagpa/). La solicitud se habrá de acompañar, necesariamente, del documento que, a través de un aplicativo de captura web, diseñado a tal efecto se ha de generar y cumplimentar a través de los órganos de gestión de las diferentes DDOOPP de vinos de Canarias.
Datos Organismo Otorgante
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca, Patrimonio y Aguas del Cabildo de Gran Canaria
C/ Bravo Murillo 23
Teléfono: 928 21 94 21
Sitio Web: http://cabildo.grancanaria.com/consejeria-de-agricultura-ganaderia-pesca-patrimonio-y-aguas
Enlaces: Acceso información pública oficial
Te puede interesar
- Ayudas a la destilación de subproductos de la vinificación y otras formas de transformación de la uva correspondientes a la campaña 2020-2021
- Ayudas de la medida de promoción de productos vinícolas en los mercados de países terceros, correspondientes a la campaña 2021-2022
- Ayudas para las inversiones para la elaboración y comercialización de productos vitivinícolas para el período 2019-2023