Descripción
Las subvenciones a tramitar, en régimen de concurrencia competitiva, tienen por objeto la rehabilitación de edificios y viviendas, en el casco antiguo de la ciudad de Cuenca.
Estas subvenciones se conceden en régimen de concurrencia competitiva, requiriendo su concesión la comparación, en cada uno de los procedimientos, de una eventual pluralidad de solicitudes, y serán conforme a sus Bases reguladoras.
Cuantía
El presupuesto destinado a financiar la presente convocatoria asciende a 150.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 336-781 Subvenciones a la rehabilitación - viviendas (casco antiguo), del Presupuesto de Gastos del Consorcio para el año 2020. Dicha cuantía supone la cantidad total máxima a disponer, que no podrá superarse en ningún caso.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de las ayudas:
Los promotores de obras que tengan la condición de propietarios legales o titulares de algún derecho de uso sobre las viviendas, y sus inquilinos cuando puedan realizar las obras, conforme a la legislación aplicable, siempre que la vivienda a rehabilitar constituya su domicilio habitual y permanente. Una vez finalizadas las obras, las viviendas deberán seguir ocupadas por un periodo mínimo de cinco años, a contar desde la fecha de concesión definitiva de las ayudas.
Los titulares de viviendas desocupadas cuando se comprometan a ocuparlas para uso propio o en arrendamiento, como residencia habitual y permanente, en el plazo de seis meses desde la finalización de las obras y por un periodo mínimo de cinco años, a contar desde la fecha de concesión definitiva de las ayudas. En estos casos la concesión de las ayudas quedará condicionada a la efectiva ocupación de las viviendas en dicho plazo, que podrá ser prorrogado hasta un año por solicitud del interesado cuando medie causa debidamente justificada, sin que en consecuencia, se proceda al pago de la subvención en tanto no estén efectivamente ocupadas.
Para la rehabilitación de elementos comunes de los edificios, los propietarios o titulares de algún derecho de uso sobre ellos, siempre que se cumplan los mismos requisitos establecidos en los dos puntos anteriores.
2. Quedan excluidas las Administraciones Públicas así consideradas en el artículo 2.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quienes concurra alguna de las prohibiciones en los términos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Solicitudes
Las solicitudes con la documentación complementaria que se acompañe, según las Bases reguladoras, se presentarán en el registro electrónico del Consorcio de la Ciudad de Cuenca.
Plazo
El plazo para la presentación de solicitudes será a partir del día siguiente a la publicación de este Extracto de convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y finalizará cuando se agote el crédito destinado a la convocatoria o como máximo hasta el 30 de noviembre de 2021.
Datos Organismo Otorgante
Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas
Teléfono: 91 595 80 00
Sitio Web: http://www.minhap.gob.es/es-ES/Paginas/Home.aspx
Enlaces: Acceso información pública oficial
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