Descripción
El objeto de la presente resolución es convocar para el ejercicio 2021 ayudas en régimen de concurrencia competitiva, para apoyar la realización de inversiones sostenibles de carácter industrial que contribuyan al crecimiento y consolidación de pymes industriales vinculadas a los sectores de la Comunitat Valenciana del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol-piedra natural y áridos, madera-mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalaje, papel y artes gráficas, valorización de residuos y los sectores emergentes de la biotecnología, la producción audiovisual y la producción de videojuegos.
Cuantía
1. Para el ejercicio 2021, y de conformidad con lo establecido en la Ley de presupuestos de la Generalitat para el citado ejercicio, las ayudas convocadas se financiarán con cargo a la línea S0360 del Programa presupuestario 11.02.03.722.20, capítulo VII, hasta un importe global máximo de 39.480.000 euros, procedentes de fondos propios de la Generalitat.
2. Se establece la siguiente distribución por sectores del importeglobal máximo de esta convocatoria, sin perjuicio de que a la misma se le otorga expresamente un carácter estimativo:
Automoción: 2.820.000,00 euros
Biotecnología, producción audiovisual y producción de videojuegos: 2.820.000,00 euros
Calzado: 2.820.000,00 euros
Cerámico: 2.820.000,00 euros
Envases y embalajes: 2.820.000,00 euros
Juguete: 2.820.000,00 euros
Madera, mueble e iluminación: 2.820.000,00 euros
Mármol– piedra natural y àridos: 2.820.000,00 euros
Metal-mecánico: 2.820.000,00 euros
Papel y artes gráficas: 2.820.000,00 euros
Plástico: 2.820.000,00 euros
Químico: 2.820.000,00 euros
Textil: 2.820.000,00 euros
Valorización de residuos: 2.820.000,00 euros
Beneficiarios
1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las pequeñas y medianas empresas privadas, que desarrollen o vayan a desarrollar en la Comunitat Valenciana una actividad industrial productiva vinculada directa o indirectamente a los sectores industriales objeto de esta convocatoria.
2. A los efectos de esta convocatoria, se considerarán como pequeñas y medianas a las empresas que empleen a menos de 250 personas y que además, o bien tengan un volumen de negocio anual no superior a
50.000.000 de euros, o bien un balance general no superior a 43.000.000 de euros. En el caso de empresas vinculadas o asociadas, se aplicarán
las reglas para el cálculo de los efectivos y los importes financieros establecidas en el anexo I del Reglamento UE núm. 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014.
3. A los efectos de esta convocatoria, se entenderá por empresa privada a toda entidad que realice una actividad económica independientemente de su forma jurídica, que no forme parte del sector público, que tenga personalidad jurídica propia y diferenciada, y que acredite estar válidamente constituida e inscrita en el Registro Mercantil, Registro de Cooperativas o en el Registro de Sociedades Laborales en el momento de presentar la solicitud de ayuda. Quedan por tanto excluidas como posibles beneficiarias las personas físicas y las comunidades de bienes.
Solicitudes
Ver bases reguladoras.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes será desde el 11 de febrero de 2021 hasta al 11 de marzo de 2021, ambos días incluidos. Solo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en el registro electrónico de la Generalitat hasta las 23:59.59 horas del último día de plazo de presentación (hora oficial peninsular española).
Datos Organismo Otorgante
Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
Teléfono: 963 866 000
Email: informa_industria@gva.es
Sitio Web: http://www.indi.gva.es/
Enlaces: Acceso información pública oficial
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