Descripción
El objeto de la convocatoria es atender las necesidades para mejorar el inmovilizado material deportivo de las federaciones; del inmovilizado material deportivo adaptado de los clubs y deportistas para la práctica del deporte adaptado. También es objeto de la convocatoria la adquisición de inmovilizado material no deportivo y de inmovilizado material especifico y prevención ante la COVID19 para las federaciones deportivas de las Islas Baleares.
Cuantía
El importe máximo que se destina a esta convocatoria es de: 150.000,00 € para la adquisición de inmovilizado material deportivo estándar o adaptado y material no deportivo y material de protección ante la COVID19 de las federaciones deportivas de las Illes Balears o delegaciones deportivas de las federaciones españolas con sede en las Illes Balears, con cargo a la partida presupuestaria 26501.461A01.78000.00 o partida equivalente de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2021.
50.000,00 € por la adquisición de inmovilizado material técnico deportivo para la práctica de deportes adaptados de los deportistas y equipos deportivos de deportes adaptados, con cargo a la partida presupuestaria 26501.461ª01.78000.00 o partida equivalente de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2021.
Beneficiarios
Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones:
Para la línea de inmovilizado material de federaciones deportivas de las Illes Balears (Deportivo, no deportivo y de protección ante la COVID19):
• Las federaciones deportivas inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de las Illes Balears.
• Las delegaciones territoriales de las federaciones deportivas españolas, anotadas en el Registro de Entidades Deportivas de las Illes Balears.
• En el caso de que se quiera solicitar la adquisición de inmovilizado material deportivo adaptado, la federación o delegación debe tener debidamente reconocidas las disciplinas deportivas adaptadas destinatarias del material, en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Para la línea de inmovilizado material deportivo adaptado:
• Los equipos de deportes adaptados de los clubes deportivos y las secciones deportivas de entidades no deportivas regulados por el título V, capítulos I y II, de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del deporte de las Islas Baleares , y por el Decreto 147/1997, de 21 de noviembre, por el que se regulan la constitución y el funcionamiento de los clubes deportivos, modificado por el Decreto 214/1999, de 1 de octubre, inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de las Illes Balears.
• Los equipos de deportes adaptados de los clubes deportivos de las Illes Balears inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de las Islas Baleares, federados en la federación española correspondiente, en caso de que no haya federación deportiva de las Illes Balears.
• Los deportistas de deportes adaptados de las categorías infantil, cadete, juvenil o junior y absoluta siempre que no tengan carácter profesional, que acrediten una discapacidad como mínimo del 33%, residentes o nacidos en las Illes Balears, con domicilio fiscal en la estado español.
Solicitudes
6.1 El beneficiario de la ayuda es el encargado de hacer los trámites necesarios para presentar la solicitud, junto con la documentación exigida, en el plazo establecido.
6.2 Las solicitudes, según el modelo de solicitud normalizado, deben ir dirigidas a la Dirección General de Deportes de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes.
6.3 El impreso normalizado de solicitud y los diferentes anexos necesarios para solicitar la subvención se pueden conseguir por Internet en la página web de la Dirección General de Deportes (http://esports.caib.es) o en las dependencias de la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes.
Plazo
Ver bases reguladoras.
Datos Organismo Otorgante
Consejería de Turísmo y Deporte
Montenegro, 5
Teléfono: 971176191
Sitio Web: http://www.caib.es/govern/organigrama/area.do?lang=ca&coduo=8
Enlaces: Acceso información pública oficial
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