Descripción
El objeto de la presente Orden es convocar ayudas económicas para sufragar las cotizaciones a la Seguridad Social derivadas de la contratación de personas trabajadoras para el cuidado de las hijas e hijos de menor edad de la unidad familiar, de entre 3 y 14 años de edad, durante el curso escolar 2020-2021, es decir, desde el 1 de septiembre de 2020 hasta el 30 de junio de 2021.
Cuantía
1.– Para la determinación de la cuantía de la ayuda se tomará como base las cuotas ingresadas por la persona empleadora al Sistema Especial para Empleados de Hogar establecido en el Régimen General de la Seguridad Social por la contratación de cuidadoras o cuidadores de las hijas o hijos menores, comprendiendo tanto la cuota a cargo de la persona empleadora como la cuota a cargo de la persona empleada.
2.– Sobre la citada base se aplicará un porcentaje determinado en función de la renta familiar estandarizada, renta para cuyo cálculo se tendrán en cuenta, con el alcance que les atribuye el Decreto 154/2012, de 24 de julio, sobre el sistema de estandarización de la renta familiar en el marco de las políticas de familia, la composición de la unidad familiar, el nivel de renta familiar, y el coeficiente de equivalencia correspondiente a la unidad familiar, y así:
a) A una renta familiar estandarizada que resulte igual o inferior a 20.000 euros se le subvencionará el 100 % de la cantidad que la persona empleadora abona al Sistema Especial para Empleados de Hogar establecido en el Régimen General de la Seguridad Social por la contratación de la persona cuidadora.
b) A una renta familiar estandarizada que resulte superior a 20.000 euros se le subvencionará el 75 % de la cantidad que la persona empleadora abona al Sistema Especial para Empleados de Hogar establecido en el Régimen General de la Seguridad Social por la contratación de la persona cuidadora.
Beneficiarios
Ver bases reguladoras.
Solicitudes
1.– Las solicitudes se presentarán en las instancias normalizadas que se aprueban como anexos n.º 1 y n.º 2 de la presente Orden:
a) La primera petición o solicitud inicial de la ayuda se corresponde con la instancia normalizada denominada Z COVID INICIAL, se aprueba en el Anexo n.º 1.
b) Posteriores peticiones o solicitudes de continuación de la ayuda –solicitud simplificada– se corresponden con la instancia normalizada denominada Z COVID CONTINUACIÓN, se aprueba en el Anexo n.º 2.
2.– Las instancias normalizadas de las solicitudes se facilitarán en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana del Gobierno Vasco –Zuzenean–. Asimismo, estarán disponibles, junto con las instrucciones para su cumplimentación, en la sede electrónica «https://euskadi.eus». En concreto:
a) Las solicitudes de las ayudas económicas por la contratación de personas trabajadoras para el cuidado de hijos o de hijas menores, y que se corresponden con la instancia normalizada denominada Z COVID INICIAL, se localizan en www.euskadi.eus/servicios/0079104
b) Las solicitudes de las ayudas económicas por la contratación de personas trabajadoras para el cuidado de hijos o de hijas menores, solicitud simplificada de continuación y que se corresponden con la instancia normalizada denominada Z COVID CONTINUACIÓN, se localizan en www.euskadi.eus/servicios/0079104
3.– Las solicitudes de las ayudas económicas podrán presentarse de forma electrónica o de forma presencial en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana –Zuzenean– del Gobierno Vasco, o ante los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas mediante instancia normalizada, debidamente cumplimentada en todos sus términos.
4.– Las instrucciones para la utilización de medios electrónicos en la tramitación de estas ayudas se publicarán en la sede electrónica del Gobierno Vasco en euskadi.eus: https://www.euskadi.eus/sede
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 1 de marzo de 2021 y finalizará el 30 de septiembre de 2021.
Datos Organismo Otorgante
Departamento de Empleo y Asuntos Sociales
Teléfono: 945 18 14 03.
Sitio Web: http://www.gizartelan.ejgv.euskadi.net/r45-home/es/
Enlaces: Acceso información pública oficial
Te puede interesar
- Apoyo a las familias para responder al impacto económico del Covid-19
- Ayudas urgentes de tipo social (AUXS) para evitar los cortes de suministro eléctrico a los consumidores vulnerables severos en riesgo de exclusión social, en régimen de concurrencia no competitiva
- Ayudas a la contratación de personas trabajadoras para el cuidado de hijas e hijos de entre 3 y 14 años de edad durante el curso escolar 2020-2021
- Ayudas para gastos de guardería de los hijos e hijas del alumnado, para el año 2021
- Subvenciones para la promoción de la vida autónoma en el ejercicio 2021
- Ayuda a las víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables
- Subvenciones a proyectos de atención a mujeres y niñas víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y sus hijos e hijas menores o con discapacidad para el año 2021
- Subvenciones para el desarrollo de servicios y programas de prevención y atención a la infancia y a las familias