Descripción
Esta resolución tiene por objeto convocar para el año 2021 las ayudas para la adquisición de vivienda en centros históricos, que se tramitarán con el código del procedimiento VI400A.
Cuantía
Las ayudas previstas en esta convocatoria se harán efectivas con cargo a la aplicación presupuestaria 08.81.451B.780.2, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2021, por un importe total de 600.000 euros y se financiarán con fondos propios de la Comunidad Autónoma.
Beneficiarios
Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas físicas mayores de edad que reúnan los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española o, en el caso de ser extranjeras, tener la residencia legal en España.
b) Que los ingresos anuales de las personas que componen su unidad de convivencia sean iguales o inferiores a 6,5 veces el IPREM.
c) Haber suscrito con posterioridad al 1 de enero de 2021 un contrato privado o, en su caso, una escritura pública de adquisición de una vivienda, que reúna los siguientes requisitos:
– Que la vivienda esté situada en el ámbito de un centro histórico de los citados en el anexo de la Orden de 1 de marzo de 2018 por la que se determinan los centros históricos, a los efectos de las deducciones previstas en los números 14 del artículo 5, y 6 y 7 del artículo 13 ter, del texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por el Decreto legislativo 1/2011, de 28 de julio (Diario Oficial de Galicia núm. 51, de 13 de marzo de 2018).
– Que se trate de una vivienda ya construida. A estos efectos, se admitirán las viviendas nuevas, las usadas y las que vayan a ser objeto de rehabilitación.
– Que el precio de adquisición de la vivienda, en caso de que esté situada en el ámbito de un centro histórico de los ayuntamientos de A Coruña, Ferrol, Santiago de Compostela, Lugo, Ourense, Pontevedra y Vigo, no supere el precio máximo previsto para las viviendas de protección autonómica de régimen concertado en los municipios de precio máximo superior, computando una superficie útil de 120 m2 y sin incluir los gastos y tributos inherentes a dicha adquisición. Este precio máximo se incrementará en un 8 % en el supuesto de disponer de garaje y en un 2 % en el supuesto de disponer de trastero.
Solicitudes
Ver bases reguladoras.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el DOG y terminará el 1 de septiembre de 2021 y, en todo caso, en el momento del agotamiento del crédito presupuestario, lo que será publicado en el DOG mediante resolución dictada por la persona titular de la Dirección General del IGVS.
Datos Organismo Otorgante
Instituto Galego da Vivienda e Solo
Teléfono: 981 56 85 08
Sitio Web: http://igvs.xunta.es/web/igvs/portada
Enlaces: Acceso información pública oficial
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