Ayudas para jóvenes emprendedores

Incentivos y ayudas para autónomos: tipos y cómo buscarlas en 2023

Darse de alta como autónomo es una opción interesante para entrar al mercado laboral. Y además, si podemos beneficiarnos de una serie de ayudas para autónomos que nos harán más fácil la puesta en marcha y mantenimiento de nuestro negocio, pues mucho mejor. Hoy hablamos de las ayudas para autónomos.

Debemos recordar que la primera bonificación a la que tenemos que referirnos es la denominada tarifa plana para autónomos. Durante el primer año de autónomo, la cuota que deberás pagar a la seguridad social será de 80 euros a partir del 1 de enero de 2023.

Debes solicitarla en el mismo momento en que te das de alta como autónomo, y para poder beneficiarte no tienes que haber estado como autónomo en los últimos dos años, entre otros requisitos. Pero echemos un vistazo a aquellas otras ayudas para autónomos y pymes menos conocidas.

Subvenciones y ayudas para autónomos y pymes

Desde las administraciones se potencia emprender y toda iniciativa empresarial. De hecho, en España la mayoría del tejido empresarial son PYMES. Este tipo de empresas son uno de los motores más importantes de nuestra economía. Y son grandes generadores de empleo también. De ahí, que se potencie su creación a través de diversos incentivos para autónomos y pymes.

Antes de empezar, es importante tener claro que, cuando vamos a montar un negocio, tenemos que tener en cuenta las ayudas, pero también nuestro capital de base. Depender sólo de las ayudas puede ser un riesgo que no merece la pena correr. Por ello aquí os presentamos las ayudas para autónomos y pymes más interesantes para el 2023, pero no dejéis todo el peso económico de vuestro negocio en ellas.

Dentro del programa de promoción del empleo autónomo, podemos acogernos a ayudas para nuestro negocio. Es un programa estatal pero que gestionan las comunidades autónomas que tienen transferidas las competencias de empleo. De manera genérica, podemos hablar de cuatro tipos de ayudas, cuyas características más pormenorizadas dependerán de cada comunidad.

Subvención por establecimiento como trabajador autónomo.

Esta subvención tendrá como cuantía máxima 10.000 euros, y la determinará los Servicios Públicos de Empleo competentes, graduándose en función de la dificultad para el acceso al mercado de trabajo del solicitante, de acuerdo con su inclusión en alguno de los siguientes colectivos:

• Desempleados en general.
• Jóvenes desempleados de 30 o menos años.
• Mujeres desempleadas (en el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las subvenciones correspondientes a mujeres se incrementarán hasta en un 10%).
• Desempleados con discapacidad.

Subvención financiera.

Supone la reducción de hasta 4 puntos del interés fijado por la entidad de crédito que concede el préstamo destinado a financiar las inversiones para la creación y puesta en marcha de la empresa. La cuantía máxima será también de 10.000 euros.

Subvención para asistencia técnica.

Si requieres la contratación de servicios externos para mejorar el desarrollo de la actividad empresarial, realizar estudios de viabilidad, comercialización, diagnosis u otros parecidos, podrás solicitar una financiación parcial de esa contratación. La cuantía será de hasta el 75% del coste de los servicios prestados con un máximo fijado de de 2.000 euros.

Subvención para formación.

Si necesitas formación durante la puesta en marcha de tu empresa sobre temas como dirección y gestión empresarial o nuevas tecnologías de la información y comunicación, podrás solicitar la financiación parcial de esa formación. La cuantía será de hasta el 75% del coste de los cursos recibidos con un máximo de 3.000 euros.

Para poder beneficiarte de estas ayudas, debes mantener la actividad durante al menos 3 años. Además de estas, que son las más generales, existen otras más específicas, según colectivo o fin de la actividad. Por ejemplo, si ya eres autónomo pero te encuentras de baja por maternidad o paternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, podrás acogerte a una bonificación del 100% de la cuota. La duración será durante el periodo de descanso, que será mínimo un mes.

También podemos acogernos a las bonificaciones del 100% de la cuota por conciliación de la vida personal y familiar vinculada a la contratación. Si tenemos a nuestro cargo el cuidado de menores de 12 años o un familiar en situación de dependencia o discapacidad, y nos vemos en la necesidad de contratar a un trabajador, podremos beneficiarnos de esta ayuda durante un máximo de 12 meses, con una duración mínima del contrato de 3 meses.

Por otro lado, y tal y como recoge la web del SEPE, el ICO ofrece un catálogo de líneas de mediación disponibles para financiar tanto proyectos de inversión como necesidades de liquidez de autónomos y empresas. Para la distribución de estos productos, el ICO actúa en colaboración con las entidades de crédito adheridas a cada una de las líneas. El ICO aporta los fondos y las entidades son las encargadas de la tramitación, estudio y aprobación de las operaciones en las condiciones establecidas en las líneas. Para consultar las líneas ICO puedes consultar su web con toda la información.

Como ves tienes múltiples opciones y ayudas para tu negocio. Para cualquier duda o consulta, te recomendamos acudir a la Cámara de comercio más cercana o a los servicios de autoempleo que en las oficinas de empleo ofrecen asesoramiento de manera gratuita.

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