medidas urgentes covid 19

¿Cuáles son las medidas urgentes complementarias para hacer frente a la COVID-19?

Con motivo de la crisis sanitaria provocada por la COVID-19, el Gobierno ha puesto en marcha una serie de medidas urgentes complementarias en materia de transparencia, ayudas de carácter social, contratación y movilidad, las cuales vienen reguladas en el Decreto Ley 16/2020, de 5 de mayo y son las siguientes.

Transparencia del abono de suministros

Se realiza un seguimiento de los pagos por adelantado; es decir, los gastos derivados de la contratación de emergencia para hacer frente a la COVID-19, así como el abono de anticipos, se consideran gastos a justificar según el artículo 16 del Real Decreto Ley 7/2020, de 12 de marzo.

Del mismo modo, las entregas de fondos para hacer frente a estos gastos se tienen que abonar a la Tesorería de la Generalitat de Cataluña.

Subvenciones para financiar los planes de reactivación socio-económica

Estas ayudas extraordinarias, por razones de interés público y social, se llevan a cabo por las administraciones locales de Cataluña para impulsar los planes de reactivación socio-económica COVID-19 en el empleo. Es decir, en la actualidad, con la nueva normalidad, tienen el objetivo de paliar las pérdidas producidas por esta crisis en Cataluña. A continuación te mostramos los principales beneficiarios de estas ayudas:

  • Ayuntamientos y consejos comarcales que aparecen en el anexo del Decreto Ley: se encuentran organizados en función de su tamaño, para que la ayuda llegue a todo el territorio.
  • Entidades locales y consejos comarcales determinados en el anexo del Decreto Ley: tienen que cumplir los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, del 17 de noviembre.

Programa de trabajo y formación

El objetivo de esta ayuda es mejorar la empleabilidad de las personas que tienen dificultades para acceder a un puesto de trabajo, ya que su situación se ha visto agravada por los efectos de la COVID-19.

Mantenimiento del empleo en microempresas y autónomos

Esta ayuda está destinada a mantener el empleo de los trabajadores. Se subvencionan los costes laborales de los empleados que formen parte de la plantilla, hasta 3, durante un período de 6 meses desde el final del estado de alarma.

La cuantía subvencionable equivale al 50% del salario mínimo interprofesional actual, cuyo importe se tiene que publicar en la convocatoria extraordinaria. A esta subvención pueden acceder microempresas y trabajadores autónomos, con menos de 10 trabajadores y cuya actividad laboral esté constituida legalmente y que se encuentren trabajando en Cataluña.

Además, su actividad tiene que haberse suspendido por la declaración del Estado de Alarma, según el Real Decreto 463/2020, del 14 de marzo. Del mismo modo, se tiene que mantener al 100% de la plantilla durante, cómo mínimo, 12 meses.

Apoyo a las microempresas, autónomos, empresas cooperativas y de economía social

Existen dos líneas de ayudas que es necesario que conozcas.

Línea 1

Microempresas y autónomos con menos de 10 trabajadores que se hayan visto afectados por las medidas por la COVID-19. En este caso, se subvencionan los proyectos destinados a los sectores del comercio, la hostelería, el turismo y la cultura que quieran llevar a cabo una transformación digital, con un nuevo modelo de negocio y una nueva forma de trabajar.

Estas subvenciones otorgan un importe máximo de 60.000 euros, con un máximo de 30.000 euros para la definición, diseño, ejecución y seguimiento del proyecto; los otros 30.000 euros se pueden destinar al desarrollo del proyecto.

De estas ayudas pueden beneficiarse todas las empresas con sede en Cataluña, que tengan vinculación sectorial y que demuestren que representan a las microempresas y autónomos de los sectores que hemos comentado.

Del mismo modo, estas organizaciones tienen que estar inscritas en el Registro de Centros de Formación del Servicio Público de Empleo de Cataluña. Además, disponen de un plazo máximo de 2 meses, a partir del día siguiente a la finalización de la ejecución.

Línea 2

Estas subvenciones están destinadas a empresas cooperativas y de economía social; a continuación te mostramos los proyectos que pueden acceder a estas subvenciones:

  • Proyectos de reactivación económica: para el mantenimiento o el crecimiento de la actividad económica y laboral. Tiene que llevarse a cabo por dos empresas cooperativas que quieran aliarse con otras personas jurídicas. Además, la facturación conjunta tiene que ser superior a los 500.000 euros anuales, según el último balance.
  • Proyectos de reactivación económica integrales: similar al anterior pero, en este caso, la facturación conjunta debe ser superior a los 2.000.000 euros anuales, según el último balance.
  • Proyectos de alto impacto estratégico de la economía social: estas iniciativas tienen que mostrar relevancia estratégica para la ampliación y el posicionamiento de la empresa en el mercado de la economía social.

El importe de esta línea de ayudas hará frente a los gastos que puedan tener las empresas para la reactivación socio-económica, con un máximo de 50.000, 160.000 y 400.000 euros, respectivamente para cada uno de los proyectos.

Los beneficiarios tienen que ser empresas cooperativas con experiencia en el sector y deben demostrar su capacidad para hacer frente a su proyecto. Además, el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familia establecerá el mecanismo de control y seguimiento adecuado para comprobar la realización de las acciones relativas al proyecto y al mantenimiento de los puestos de trabajo.

Programas para el trabajo autónomo COVID-19

Servicio de apoyo y asesoramiento a los autónomos en activo para hacer frente a las situaciones que pueden derivar de la COVID-19. Además, se flexibiliza la convocatoria del programa Consolida’t 2020, para apoyar la consolidación, fortalecimiento y reinvención de este sector en Cataluña.

Ayudas para determinados contratos de centros educativos

Prestación económica única para compensar los servicios de los comedores de los centros educativos de titularidad de la Generalitat, debido al perjuicio que puede haber supuesto el cierre de los centros educativos desde el 13 de marzo de 2020.

Subvenciones en materia de movilidad para la campaña agraria

Estas ayudas consisten en el abono del título de transporte que sea necesario para utilizar los servicios agrarios.

Ahora que ya conoces todas las medidas urgentes complementarias que ha puesto a disposición de las empresas y trabajadores la Generalitat de Cataluña para hacer frente a los efectos de la COVID-19, ¿a qué esperas para solicitar la tuya?

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