Dias de cortesía AEAT

Días de cortesía AEAT para notificaciones electrónicas de Hacienda: Cómo solicitarlos

Los días de cortesía para el envío de notificaciones electrónicas permiten solicitar un periodo de hasta 30 días donde el AEAT no podrá poner notificaciones a su disposición. ¿Te vas de vacaciones y no estarás disponible durante unos días/semanas? ¿Quieres que la AEAT no te envíe notificaciones electrónicas durante este tiempo? Te contamos cómo solicitar los días de cortesía.

¿Qué son los días de cortesía del AEAT?

Según la propia Agencia Tributaria: Los obligados tributarios que estén incluidos, con carácter obligatorio o voluntario, en el sistema de Dirección Electrónica Habilitada en relación con la Agencia Tributaria podrán señalar hasta un máximo de 30 días en cada año natural durante los que la Agencia no podrá poner notificaciones a su disposición en la DEH.

Para poder solicitar los llamados días de cortesía es necesario estar dado de alta en la DEH y estar suscrito a los procedimientos disponibles en la Agencia Tributaria para la recepción de notificaciones.

Requisitos para solicitarlos

Existen una serie de requisitos que deben cumplirse si se quiere tramitar la solicitud de los días de cortesía para notificaciones de Hacienda. Como bien estipula la AEAT en su página web, los requisitos son:

  • Es necesario estar dado de alta en la DEH y estar suscrito a los procedimientos disponibles en la Agencia Tributaria para la recepción de notificaciones.
    *En el caso de no encontrarse incluido en el colectivo de obligados tributarios a recibir las notificaciones de la Agencia Tributaria electrónicamente deberá suscribirse a los procedimientos que desee mientras que si está obligado a la recepción electrónica de notificaciones debe asegurarse de que está incluido en el sistema de Notificaciones Electrónicas Obligatorias (NEO), habiendo firmado la correspondiente notificación de inclusión en el sistema NEO en la Sede Electrónica o en la propia Administración si no tiene certificado electrónico.
  • Los días de cortesía deberán solicitarse con un mínimo de 7 días de antelación al comienzo del periodo deseado.
  • Si la persona que va a gestionar las notificaciones electrónicas o los días de cortesía es un tercero, deberá estar apoderado en el trámite GENERALNOT y asegurarse de que el apoderamiento ha sido confirmado por parte del apoderado.

Esta inforgrafía, creada por Jraeconomistas, reúne algunos de los puntos más importantes a tener en cuenta. ¡Échale un vistazo!

Días de cortesía Hacienda
Fuente: https://jraeconomistas.com/

Proceso de solicitud de los días de cortesía

Existen 2 procesos diferenciados:

  • Proceso de solicitud de los días de cortesía para el envío de notificaciones electrónicas (enlace informativo)
  • Proceso de solicitud de los días de cortesía para el envío de notificaciones electrónicas – Apoderados (enlace informativo)

Para solicitar estos días de cortesía deberá acceder al portal «Mis notificaciones» de la Sede Electrónica y hace clic en el enlace «Solicitud de días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada«.

Días de cortesía AEAT
https://www.agenciatributaria.es

Es importante revisar lo que se indica en los «Avisos», en la parte superior de la pantalla. Además, para una adecuada planificación de sus ausencias tenga en cuenta los siguientes puntos:

  • Los días de cortesía surten efectos, exclusivamente, en relación con las notificaciones en la Dirección Electrónica Habilitada, en los términos del artículo 4 de la Orden EHA/3552/2011, de 19 de diciembre y durante los mismos la Agencia Tributaria no pondrá notificaciones a su disposición en la Dirección Electrónica Habilitada. Las notificaciones electrónicas puestas a su disposición con anterioridad al inicio del período de días de cortesía se entenderán notificadas por el transcurso de diez días sin acceder a las mismas.
  • Debe marcar también los sábados y domingos.
  • En caso de que se encuentre suscrito de forma voluntaria a la recepción de notificaciones electrónicas, lo dicho anteriormente sólo surtirá efectos respecto a aquellos procedimientos en los que se encuentre suscrito.

A continuación, se debe pulse sobre la opción «Modificar» para iniciar la solicitud de días de cortesía. Seleccione los días, que quedarán marcados en verde. Haga clic en «Validar» y, por último, en «Firmar y Enviar»

dias cortesia notificaciones electronicas
https://www.agenciatributaria.es

Por último, se generará el correspondiente recibo de presentación validado por un código seguro de verificación de 16 caracteres, además de la fecha y hora de la solicitud. Con el CSV podrá recuperar este justificante a través de la opción «Cotejo de documentos mediante código seguro de verificación (CSV)» disponible en el apartado «Trámites destacados».

Fuente imagen de portada: https://aguerafuentes.com
Fuente infografía: https://jraeconomistas.com/dias-de-cortesia-notificaciones-aeat/ 
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