Programa de Activación para el Empleo

El Servicio Público de Empleo Estatal ofrece múltiples ayudas para las personas desempleadas. Hoy las comentamos y esperamos que os sean de ayuda.

Existe la prestación asociada al Programa de Activación para el Empleo. Con él se buscaba ofrecer cobertura a aquellas personas que se hubieran quedado sin prestación por haber agotado a las que tenían derecho.

El programa activación empleo se define en la web del SEPE como un programa específico y extraordinario de carácter temporal, dirigido a personas desempleadas de larga duración que comprende políticas activas de empleo e intermediación laboral gestionadas por los Servicios Públicos de Empleo con la finalidad de incrementar las oportunidades de retorno al mercado de trabajo y ofrece una ayuda económica de acompañamiento gestionada por el Servicio Público de Empleo Estatal, vinculada a la participación en las mencionadas políticas de activación para el empleo.

Características y requisitos del Programa de Activación para el Empleo

Para poder acceder a esta prestación hay que cumplir varios requisitos:

• Haber transcurrido al menos un mes desde el agotamiento de cualquier prestación o subsidio por desempleo o ayuda.

• Estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo a fecha 1 de mayo de 2017 o haberlo estado el 1 de diciembre de 2014 o el 1 de abril de 2016. Si se ha trabajado en esos plazos menos de 90 días, se entenderá igualmente cumplido.

• Haber permanecido inscrito como demandante de empleo durante 270 días en los dieciocho meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud de incorporación al programa.

• Carecer del derecho a la protección contributiva o asistencial por desempleo o a la renta activa de inserción.

• Haber cesado involuntariamente en un trabajo por cuenta ajena previamente al agotamiento del último derecho de los contemplados en el primer punto.

• Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, y acreditar responsabilidades familiares.

• Si desde que finalizaste la prestación hasta que solicitas el PAE has sido beneficiario de algún salario social u otra ayuda de asistencia social, tendrás que dejar pasar al menos un mes para poder solicitar la ayuda de PAE.

Acompañamiento al proceso de búsqueda de empleo

Este programa tenía una particularidad, y era que compaginaba la prestación a él asociada con un acompañamiento al proceso de búsqueda de empleo. Para poder acceder a ese programa, además de estar desempleo y cumplir los requisitos señalados, había que demostrar que se estaba en búsqueda activa de empleo.

Para ello, en el plazo de un mes desde la presentación de la solicitud, había que presentar un documento que justificara al menos tres acciones de búsqueda activa de empleo.

Estas acciones podían ser: haber trabajado en ese mes, haber presentado al menos tres curriculums a varias empresas, haber realizado entrevistas de trabajo, haberse inscrito en una agencia de colocación o dos portales de empleo, haberse presentado a una oferta de empleo gestionada por el servicio de empleo… De este modo se justificaba que la persona estaba buscando trabajo de manera activa y el derecho a la prestación.

La cuantía de la prestación era el 80% del IPREM, es decir unos 430 euros, y la duración de seis meses, pudiendo ser beneficiario del mismo una sola vez. Esto significa que no existe prórroga, pues es una ayuda temporal.

Programa de Activación para el Empleo

¿Existe alguna ayuda que sustituya al PAE?

Insistimos que el Programa de Activación para el Empleo finalizó en abril de 2018 y desde entonces ya no admite más solicitudes. Para evitar que más de 40000 personas se quedaran sin prestación, el Ministerio de Empleo puso en marcha el Subsidio Extraordinario por Desempleo, que tendrá también un carácter temporal y que se puede solicitar desde julio de 2018 hasta la vigencia del mismo. Eso sí, para poder acceder al SED, el requisito es no haber cobrado la PAE. Para cualquier duda, te sugerimos que te pongas en contacto con tu oficina de empleo o contactes con el SEPE.

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