Una de las nuevas medidas urgentes de protección social y lucha contra la precariedad laboral impulsadas por el Gobierno, consiste en la modificación de la regulación del subsidio por desempleo para mayores de 55 años hasta en seis aspectos. ¡Conócelos!
Hace unos días se confirmó lo que el gobierno había afirmado que llevaría a cabo. Con el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, se materializaron varias cosas.
Repasemos las novedades más interesantes que llegan con este real decreto.
Índice de contenidos
1. Reducción de la edad de acceso al subsidio de 55 a 52 años
Una de las medidas estrella que se fomentó desde el gobierno fue la reducción de la edad de acceso al subsidio de 55 años a 52.
Con este decreto se suprime el requisito de tener cumplida la edad de 52 años en el momento del hecho causante del subsidio, permitiendo de esta manera el acceso al mismo cuando se cumpla esa edad.
Además se incrementa su duración máxima, de modo que, si antes se percibía hasta que la persona beneficiaria pudiera acceder a cualquiera de las modalidades de pensión contributiva de jubilación, con la nueva legislación se percibirá hasta el cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación.
Y tampoco se tendrá en cuenta la renta de la unidad familiar para acceder al mismo.
2. Bonificación a la contratación
Entra en vigor, además, la bonificación a la contratación de personas que lleven desempleadas más de un año. Esta bonificación será de 108,33 euros/mes (125 euros mes cuando el contrato se haga a una mujer) y se deberá mantener a la persona contratada un mínimo de tres años para poder acogerse a la bonificación.
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3. Registro de la jornada contra las horas extras ‘no pagadas’
Otro de los puntos más importantes se refiere al registro de la jornada de trabajo.
De esta manera se busca combatir la precariedad laboral garantizando los límites de la jornada de trabajo y minimizando la realización de horas de más sin contraprestación.
Para su puesta en marcha e implementación en las empresas, se da un margen de dos meses.
4. Incremento de la cuantía de las ayudas por hijo a cargo
En cuanto a prestaciones económicas se refiere, este real decreto aprueba el incremento de la asignación económica por hijo a cargo, que pasa a ser de 341 euros anuales, o 588 euros anuales para familias en situación de extrema necesidad.
Por otro lado, se incrementan también las cuantías mínimas de la pensión por incapacidad permanente total para menores de 60 años.
Pasa a ser de 6.991 euros (unidad económica unipersonal o con cónyuge a cargo) o de 6.930 € (personas con cónyuge no a cargo) y además tendrá efecto retroactivo desde 1 de enero de 2019.
5. Ayudas para los sectores agrario y turístico
Se hace además una serie de mejoras para el sector agrario. Por una parte, se fomentará la conversión de contratos temporales o fijos discontinuos en indefinidos. Para ello la empresa se podrá bonificar la cuota por contingencias comunes hasta en 40 euros / mes (53 euros/mes si la persona es mujer) por un periodo de dos años.
Otro aspecto beneficioso para el sector agrario es la reducción en la cotización a la seguridad social durante la situación de inactividad.
También el sector del turismo podrá de beneficiarse de bonificaciones en sus contratos. La ampliación de los periodos de cotización de trabajadores con contratos fijos discontinuos generará una bonificación de hasta el 50% en las cuotas por contingencias comunes, desempleo, etc.
Y para los artistas de espectáculos públicos se amplía el plazo de solicitud de la situación de inactividad. Podrán solicitarla en cualquier momento del año, siempre y cuando puedan acreditar al menos 20 días en alta con prestación real de servicios en el año anterior.
6. Sistema de garantía juvenil
En cuanto al sistema de garantía juvenil, se mejora el sistema de acceso, garantizando a los jóvenes la mayor seguridad a la hora de su inscripción. Se pondrán en marcha además dos medidas más.
Por un lado, se recupera el fondo de apoyo a la acogida e integración de los inmigrantes. Este fondo fue eliminado en 2012 y con este real decreto se recupera con el fin de desarrollar actuaciones de integración con inmigrantes, solicitantes de asilo, etc. y garantizar tanto la cohesión social como los derechos internacionales.
Y también se creará un grupo de expertos y expertas para la redacción de un nuevo estatuto de los trabajadores, más acorde a la realidad social y laboral actual.
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